¿Ecocidio de Mineros S.A. en el río Nechí?

Por: Agencia de Prensa IPC

Observatorio de Derechos Humanos y Paz

Las comunidades que habitan en los municipios de El Bagre y Nechí, desde el día lunes 14 de mayo vienen siendo víctimas de muy probables prácticas ecocidas, cuya responsabilidad recaería sobre la empresa Mineros S.A. El jueves 17 de mayo, con el apoyo del Observatorio de Derechos Humanos y Paz del IPC,  algunas personas de estas comunidades aledañas, se encontraban en un proceso de capacitación ambiental, para lo cual realizaron un recorrido por el río Nechí, en las zonas de El Pital, la Esperanza, la quebrada San Pedro, los humedales El Socorro y San Pumoso, entre otros, ubicados en jurisdicción del municipio de Nechí. En dicho trayecto se percataron de una alta mortandad de peces y otras especies, así como de cambios drásticos en el aspecto y composición de las aguas que conforman estos ecosistemas, lo que podría configurar un posible ecocidio.

Esta situación ha implicado graves daños socioambientales, teniendo en cuenta que las comunidades afectadas históricamente han obtenido buena parte de su sustento de los beneficios ecosistémicos que les ofrecen los humedales y ciénagas de estos territorios, máxime que en su mayoría son comunidades de pescadores artesanales.En dicho recorrido se logró establecer la ruptura de un jarillón ubicado en un caño de desvío de aguas construido por la empresa Mineros S.A., en la zona de El Pital, Ciénaga San Pumoso, en inmediaciones de la finca La Constancia; el cual funcionaba como mecanismo de represamiento y decantación de las aguas afectadas por el proceso de dragado, derivado del proyecto de explotación aurífera en la cuenca del río Nechí, que actualmente opera dicha empresa. Dichas aguas, de acuerdo con las comunidades afectadas, están altamente contaminadas y en estado de putrefacción, además de tener más de un año de estar represadas en dicho lugar. Señalan que una situación similar sucedió hace aproximadamente tres años. ¿Cuál es la deuda socio ambiental del Estado colombiano y de grandes empresas como Mineros S.A. con el Bajo Cauca?

Además de esto, las comunidades denuncian que se perciben malos olores debido a la putrefacción de las aguas, generada por la mortandad de peces, así como por las aguas que se liberaron y se han vertido sobre los humedales y ciénagas. Del mismo modo, se presentan brotes en la piel de niños y niñas, y existe un alto riesgo de situaciones de insalubridad, debido a que las aguas que consumen y usan las comunidades son precisamente las contaminadas.

Caño en el Pital donde se origina el problema.
Caño en el Pital donde se origina el problema.
Mortandad de peces en la quebrada San Pedro
Aclaración: esta foto corresponde a una mortandad de peces ocurrida en abril de 2018 en Puerto Libertador, Córdoba. Puedes verla en: El Unversal

Además de la preocupación por estos daños, existe una gran inquietud por parte de las comunidades afectadas, toda vez que no han observado ninguna acción de la empresa para controlar la situación, ni tampoco para resarcir los daños causados. Hasta el momento la única respuesta ofrecida por Mineros S.A. es que se encuentran monitoreando la situación, pero que les resulta imposible atender esta emergencia en el corto plazo, de acuerdo con lo informado por las comunidades.

Las afectaciones no son nuevas

Lo que acontece hoy en esta zona no es ninguna novedad para las comunidades que se ubican en el área de influencia del proyecto de explotación aurífera del río Nechí, que adelanta la empresa Mineros S.A. Testimonios recogidos durante el año 2017, con las comunidades de Sabalito, El Pital, Guachi, La Esperanza, Cargueros, Bijagual, La Ye, La Concha y Colorado, ubicadas entre los municipios de El Bagre y Nechí; varias personas manifestaron profundos malestares por los daños y las afectaciones que la actividad extractiva de Mineros S.A. les ha causado, por la destrucción de ecosistemas fundamentales para la subsistencia de las personas asentadas en esos territorios, en la medida que ellos prestaban importantes beneficios ambientales, que se han perdido por obra de la operación de las dragas que la empresa ha situado en el cauce del río Nechí, así como por la destrucción de la fauna y la flora para beneficio de la actividad económica de Mineros S.A.

La imposibilidad de desarrollar actividades agrícolas y de pesca, ha colocado a los habitantes en situaciones de extrema precariedad socio económica. Dichos daños no han sido compensados, y las acciones de responsabilidad social empresarial son valoradas en términos negativos, pues las mismas no dimensionan ni compensan los daños y afectaciones a las comunidades asentadas desde mediados del siglo XX en el territorio. No se observa un proceso de debida diligencia por parte de la empresa para prevenir estos daños, ni tampoco para resarcir los mismos; tampoco se observa una actividad efectiva de fiscalización por parte de las autoridades ambientales y mineras, sucediéndose estas afectaciones por la falta de control y vigilancia estatal, acciones de monitoreo que deberían desarrollarse con la participación efectiva de las comunidades situadas en el área de influencia del proyecto de explotación aurífera que desarrolla Mineros S.A. en la cuenca del río Nechí.

Debe advertirse que de la revisión de los actos administrativos a través de los cuales se le concedió licencia ambiental a Mineros S.A. para el desarrollo del proyecto de explotación aurífera en la cuenca del Río Nechí, quedan serias dudas sobre la validez y consistencia en las consideraciones que se tuvieron para levantar, mediante la resoluciones 1885 del 1 de diciembre de 2005 y 126 de enero 24 de 2008, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial de la época, las restricciones ambientales establecidas en la Resolución 0810 del 3 septiembre de 2001. En el artículo tercero de dicha Resolución se señala:

Articulo Mineros SA

Dichas restricciones encontraban fundamento en la aplicación del principio constitucional de precaución en materia ambiental, el cual implica, entre otras cosas, la adopción de medidas de protección a través de restricciones ambientales para ciertos tipos de actividades, tal como había sido dispuesto en la Resolución 0810. Como es sabido, para su aplicación no se requiere certeza científica absoluta, pues opera la figura del in dubio pro ambiente, esto es, cualquier incertidumbre sobre los impactos ambientales que se puedan derivar de una determinada actividad humana, se resuelve a favor del ambiente, con la adopción de medidas de protección.

En los recorridos realizados por el Río Nechí, concertados por las comunidades afectadas, se pudieron vislumbrar diferentes afectaciones, ocasionadas por la destrucción de bosques, fauna y flora, así como por la colmatación de humedales y ciénagas, como se pudo constatar en los siguientes casos:

  • Sabalito, La Esperanza y Bocas del Guamo: las comunidades advierten la destrucción de los humedales por la operación de las dragas de Mineros S.A., así como por la destrucción de los bosques aledaños a las zonas de explotación, con la consecuente pérdida de la fauna y la flora.
  • Puerto Claver: la principal afectación es el desvío del cauce del Río Nechí que le permitía a la comunidad tener conectividad fluvial con el resto del territorio. Actualmente el antiguo cauce es transitado por motocicletas, en una improvisada vía en mal estado que ahora ocupa el lugar por el que corrían las aguas del río Nechí.
Paisaje lunar en Puerto Claver producto de la minería
  
  • Ciénaga del Carmen: perteneciente al complejo Cenagoso de El Sapo, la cual se encuentra sedimentada, acabando con especies de peces como el bocachico; de acuerdo con la información recopilada, esta afectación se generó por la operación de la Draga No. 10 de Mineros S.A.
  • Ciénaga Las Palmas: ubicada en el complejo cenagoso de La Ye, afectada por la colmatación que ha disminuido sustancialmente la presencia de especies de peces.

Urgen acciones de las autoridades ambientales y mineras

Teniendo en cuenta la gravedad de los daños, se requiere la intervención inmediata de las autoridades ambientales y mineras, quienes deben realizar las labores de verificación de lo que se está denunciando por parte de las comunidades.

Es imprescindible que dicho procesos de verificación y monitoreo de lo denunciado, cuente con la participación protagónica de las comunidades afectadas, quienes no han sido tomadas en cuenta en ningún sentido en los trámites de licenciamiento ambiental que se ha dado en el proyecto minero en cuestión.

Hacemos un llamado de urgencia a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales –ANLA–, Corantioquia, la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y demás autoridades competentes, para que en el marco de sus competencias constitucionales y legales, intervengan de inmediato, ordenando acciones de mitigación, prevención y resarcimiento de los daños. Asimismo, para que se inicie un proceso sancionatorio en materia ambiental, en el cual se determinen las afectaciones y daños, así como la responsabilidad de la empresa Mineros S.A.

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